Ropa de trabajo, ¿debe encargarse el empresario de entregársela a sus trabajadores?
Trabajes en hostelería, en industria o en sanidad es necesaria la utilización de una ropa de trabajo específica. Si es así, te pueden surgir las preguntas siguientes… ¿el empresario debe hacerme entrega de la ropa de trabajo?, ¿quién debe encargarse de su mantenimiento y limpieza?, ¿debes devolverla una vez dejes la empresa?, ¿el trabajador puede negarse a utilizar el uniforme? Hoy en nuestro blog vamos a resolverte estas dudas.
Hay dos casos muy diferentes en cuanto a la entrega de la ropa de trabajo: La ropa que se utiliza en Prevención de Riesgos Laborales en la que se incluyen equipos que protejan individualmente y los uniformes normales que no están destinados a proteger la integridad física de los trabajadores.
Ropa para Prevención de Riesgos Laborales, regida por la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
- ¿El empresario debe entregarle la ropa de trabajo a sus empleados? Según el artículo 17, punto 2, el empresario debe proporcionársela a sus trabajadores protegiéndolos adecuadamente para que desempeñen sus funciones y la usen de forma efectiva.
- ¿El trabajador debe asumir el coste de la ropa de trabajo? Según el artículo 14, punto 5, el trabajador no deberá pagar en ningún caso el coste de las medidas de seguridad que sean necesarias.
- ¿Todos los trabajadores tienen derecho a tener su ropa de trabajo? Según el artículo 28, todos los trabajadores, ya sean temporales o de duración determinada, deben tener el mismo grado de protección y seguridad que el resto de trabajadores de la empresa.
- ¿El empleado puede negarse a utilizar el uniforme estipulado? Según el artículo 29, punto 2, el trabajador debe usar de forma correcta los medios y equipos de seguridad que se le proporcionen en la empresa e incluso, si no cumple con las instrucciones recibidas podrá ser sancionado.
- ¿Quién debe encargarse del mantenimiento y lavado del uniforme? Pues, según el Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, existen dos casos. Si la limpieza del uniforme necesita tratamientos específicos para que continúe su labor de protección, es el el empresario el que deberá hacerse cargo de su mantenimiento. Si no requiere la ropa ningún tratamiento el trabajador podrá hacerse cargo después de recibir las instrucciones necesarias.
- ¿El empleado debe devolver la ropa si deja la empresa? Según el Real Decreto 773/1997, artículo 10, el empleado debe devolver y colocar el equipo de protección individual después de haberlo utilizado en el lugar indicado.
Ropa de trabajo normal o uniformes que no están destinados a proteger la integridad física de los trabajadores. En este caso no hay una normativa específica, los convenios colectivos de cada sector son los propios que establecen las condiciones pero no normal, es que el propio empresario sea el que los facilite sin coste alguno para el trabajador y en muchos de los casos no tiene que devolverla en caso de marcharse de la empresa.
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